SGRS: se debe ponderar el costado financiero - ARV Argentina | Alvarez Roperti Venegas Consultores Tributarios & Auditores
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SGRS: se debe ponderar el costado financiero

SGRS: se debe ponderar el costado financiero

fernando-g-alvarez-autor

Los invito a leer mi nota en el Diario El Cronista

Si bien la inversión en Sociedades de Garantía Recíproca tiene amplias ventajas impositivas, debe analizarse la también la arista financiera.

Las SGRs son sociedades que tienen por objeto principal otorgar garantías a pymes para facilitarles el acceso al crédito. Cobran comisiones al inversor por recibir el aporte, de mantenimiento anual, etc. E invierten durante los 2 años de plazo los fondos recibidos en una cartera de inversión (como las AFJP).

Para decidir invertir en una SGR deberá considerarse el track record de la entidad en cuanto a rentabilidad neta obtenida, grado de utilización de los montos recibidos, nivel de afectación del fondo de riesgo a cubrir avales, nivel de comisiones, etc., y lo que define puntualmente la cuestión es la comparación del valor actual neto de dos flujos de fondos, dijo Fernando Alvarez, del estudio ARV Alvarez Roperti Venegas, y ejemplificó el caso de un contribuyente que tiene $ 100.000 de utilidad impositiva, deberá arbitrar entre el valor actual neto de los siguientes dos flujos :

-El que surge de pagar el 35% de $100.000, y disponer de $65.000 para poder afectarlos al giro del negocio, en definitiva a obtener renta en los próximos 2 años.

-El que surge de no pagar el 35%, colocar los $100.000 en una SGR durante 2 años a una tasa de rentabilidad esperada por la SGR, neta de comisiones y neta del Impuesto a las Ganancias, ya que la renta de la SGR está gravada, más la ventaja financiera de reducir la base de cálculo de los anticipos a cuenta del año siguiente.

Para conocer la tasa con la cual calcular el valor actual neto deberá ponderarse el efecto de la inflación, del riesgo cambiario y otras variables financieras.