(Español) La AFIP ha incluido una nueva causal para solicitar la excepción del pago..
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SINTESIS INFORMATIVA N°06/2021

SINTESIS INFORMATIVA N°06/2021

Bienes Personales: la AFIP incluyó un nuevo motivo para solicitar la excepción del pago a cuenta. Resolución General 4931/2021. (B.O. 11/02/2021)

La AFIP mediante RG N° 4931, ha incluido una nueva causal para solicitar la excepción del pago a cuenta de Bienes Personales por bienes en el exterior. 

Con esta medida se modificó el artículo 4 de una la RG 4673/2020 publicada a principios de 2020. En aquella oportunidad se establecieron las condiciones que se tienen en cuenta para que las personas puedan solicitar ser eximidos del ingreso del pago a cuenta. Estas son: cuando hubieran ejercido la opción de repatriación de activos financieros en los términos establecidos en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva; y cuando declaren que no son titulares de bienes sujetos a impuesto en el exterior.

Según explicaron en la resolución, a los dos incisos mencionados anteriormente, se incorporó el «inciso C» que establece: «Cuando la suma de los importes de los anticipos abonados, conforme a lo establecido por la Resolución General N° 2.151, sus modificatorias y complementarias, y del pago a cuenta calculado de acuerdo a lo dispuesto por la presente norma, den como resultado un importe superior al impuesto determinado estimado para el período fiscal 2020. Dichos cálculos se efectuarán en papeles de trabajo que deberán conservarse en archivo a disposición de este Organismo».

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Febrero de 2021.