(Español) Desgravación de derecho de exportación. Decreto 280/2019
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SINTESIS INFORMATIVA N° 22/2019

SINTESIS INFORMATIVA N° 22/2019

Derecho de Exportación – Desgravación de derecho de exportación para el consumo de mercadería a las exportaciones de las Micro, Pequeña y Medianas Empresas, inscriptas en el Registro de Empresas MiPymes. Decreto 280/2019.

Mediante el Decreto Nº 280/2019, se establece la desgravación desde el 08/05/2018 hasta el 31/12/2020, del derecho de exportación fijado por el Decreto Nº 793 del 3 de septiembre y sus modificatorios, a las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que excedan, en términos de su valor FOB, a las realizadas por cada empresas en el año calendario inmediato anterior.

A los párrafos precedente, entiéndase por Micro, Pequeña y Medianas Empresas (MiPymes), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, creado por la Resolución Nº 220 del 12 abril de 2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo.

Las mismas podrán acceder al tratamiento que establece este decreto siempre que las operaciones de exportaciones que hayan realizado en el año calendario anterior no hubieran excedido los U$S 50.000.000.

Aquellos sujetos que en el año calendario inmediato anterior hayan realizado exportaciones en el año calendario anterior, el monto anual sujeto a desgravación no podrá exceder los U$S 600.000, y quienes no hayan realizado operaciones de exportación en el año calendario inmediato, dicha desgravación no podrá superar U$S 300.000.

Agregamos que las exportaciones realizadas por cuenta y orden de terceros no serán consideradas a los fines de la presente desgravación.

 

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mayo de 2019.