Síntesis Informativa N° 39/2016 - ARV Argentina | Alvarez Roperti Venegas Consultores Tributarios & Auditores
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Síntesis Informativa N° 39/2016

Síntesis Informativa N° 39/2016

Procedimiento para solicitar devolución de Ganancias del SAC 1º Semestre 2016

Los contribuyentes cuyos salarios fueron afectados por el impuesto a las Ganancias en junio pueden solicitar a la AFIP desde el 16 de agosto pasado la devolución del dinero, en el marco de la Ley 26.860 llamada también “Ley de Blanqueo”.

El plazo impuesto por la ley para realizar los trámites va desde este martes hasta el 31 de enero de 2017 inclusive, por lo que los contribuyentes tendrán cinco meses para recuperar su dinero.

Los beneficios rigen sólo para los contribuyentes que tengan sus impuestos al día.

El reintegro del impuesto a las Ganancias será realizado por el empleador que hizo la retención cuando liquidó los sueldos de junio.

De acuerdo con la Ley 26.860 pueden solicitar el beneficio quienes no posean deudas en condición de ser ejecutadas por la AFIP, no hayan sido ejecutados fiscalmente ni condenados, sea con condena firme, por multas o por defraudación fiscal en los períodos fiscales 2015 y 2014.

También quedan excluidas aquellas personas que en los últimos dos períodos fiscales hayan accedido a alguno de los últimos dos blanqueos de capitales, hayan aplicado a la amnistía fiscal actual o hayan sido beneficiados con el plan de pagos especial que puede otorgar el Director General de AFIP.

Trámite

1. Dentro del sitio web de la AFIP, ingresar a “Acceso con clave fiscal”

2. Ingresar CUIT del usuario y contraseña

3. Ir al menú “Sistema registral”

4. Hacer click en la opción “Solicitudes Ley Nº 27.260 Arts. Nº 63 y 85 y luego subsección “Solicitud beneficios para contribuyente cumplidores Art 63”

5. Agregar opción Solicitud de exención en el impuesto a las ganancias- 1era cuota SAC periodo fiscal 2016.

6. La AFIP comunicara a través de E-ventanilla la aprobación

7. Una vez aprobada la exención, el empleado deberá ingresar al SIRADIG Trabajador a fin de informar su situación al empleador.

Cumplido dicho procedimiento, el empleador deberá realizar la devolución solicitada.

El trámite puede realizarse a partir del 16-08- 16 hasta el 31-01- 17 (fecha limite).

Buenos Aires, Agosto de 2016.